Artículo 3. Avales de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 3 del Decreto-ley 1/2012, de 26 de junio, de medidas para cumplir el Plan económico financiero de reequilibrio de la Generalidad de Cataluña y otras necesidades derivadas de la coyuntura económico-financiera. · BOE-A-2012-9869
Atención: Decreto-ley 1/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno para que, a propuesta del Consejero o Consejera de Economía y Conocimiento, conceda el aval de la Generalidad a los préstamos otorgados ante Arrendadora Ferroviària, S.A., Arrendadora de Equipamientos Ferroviarios, S.A., y Alquiler de Trenes Agrupación de Interés Económico (AIE) en relación con los contratos de arrendamiento de 50, 10 y 39 trenes, respectivamente, a la Autoridad del Transporte Metropolitano por razón del contrato marco y de arrendamiento de trenes.
El aval únicamente se concederá en las operaciones de préstamo en las que el eventual aumento de coste, como máximo, sea igual al que se establezca en los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones.
El importe máximo para cada uno de estos avales será el que se detalla a continuación:
Arrendadora Ferroviària, S.A.: 295.005.706,00 euros.
Arrendadora de Equipamientos Ferroviarios, S.A.: 35.378.739,00 euros.
Alquiler de Trenes Agrupación de Interés Económico (AIE): 164.979.950,00 euros.
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