Artículo 3. Integración en la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Artículo 3 del Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de junio, por el que se aprueba el Texto Articulado de las Bases establecidas por el artículo 5 de la Ley 10/2004, de 29 de diciembre, de Regulación y Bases de la Agencia Extremeña de la vivienda, el Urbanismo y el Territorio. · DOE-e-2005-90024
Atención: Decreto Legislativo 1/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En cumplimiento de la letra a) de la base primera del artículo 5 de la Ley 10/2004, de 29 de diciembre, de regulación y bases de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, se integra en esta Agencia la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio a la que se refieren los artículos 51.5; 57.6; 62.3, b); 63.3; 66.1 y 4; 74.4; 80.7; 83.1; 84.1; 118.3, b) y 188.5 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del suelo y ordenación territorial de Extremadura.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2005
- ← Artículo 2. Integración en la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio del Consejo Asesor de Vi…
- → Artículo 4. Adscripción de la empresa pública «Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura».
- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de junio, por el que se aprueba el Texto Articulado de las Bases establecidas por el artículo 5 de la Ley 10/2004, de 29 de diciembre, de Regulación y Bases de la Agencia Extremeña de la vivienda, el Urbanismo y el Territorio.