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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 3. Integración espacial de las acciones administrativas.

Artículo 3 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. · BOE-A-2004-10070

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-28.

Texto consolidado

1. La ordenación del territorio y la urbanística deberán facilitar el desarrollo de las distintas acciones administrativas, resolviendo la integración espacial de las necesidades públicas y privadas.

2. Las Administraciones públicas competentes para la gestión de intereses públicos en cuyo desarrollo se requiera ordenar, transformar, conservar o controlar el uso del suelo ejercerán sus potestades con sujeción a la ordenación urbanística y del territorio establecida.

3. Los actos de transformación del territorio o de uso del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo, sean de iniciativa pública o privada, habrán de estar amparados por el instrumento de planeamiento territorial o urbanístico que legalmente sea procedente para su ordenación, quedando a salvo los supuestos excepcionales expresamente previstos en las leyes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-04-28.

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