Artículo 3. Naturaleza y gestión.
Artículo 3 del Acuerdo de 15 de septiembre de 2016, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el Registro General y se crea el Registro Electrónico del Tribunal. · BOE-A-2016-11054
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-25.
Texto consolidado
1. El Registro General se configura como una unidad administrativa integrada en la Secretaría General.
2. Su gestión directa corresponde al Secretario de Justicia del Pleno.