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Ley Vigente

Artículo 294. Hechos que generan responsabilidad patrimonial.

Artículo 294 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.

Texto consolidado

Constituyen infracciones sujetas a las responsabilidades previstas en el artículo anterior:

a) Incurrir en alcance o malversación en la administración de los fondos de la Comunidad.

b) Administrar los recursos de la Hacienda de la Comunidad o de la respectiva entidad sin sujetarse a las disposiciones que regulen su liquidación, recaudación o ingreso en el Tesoro.

c) Comprometer gastos, liquidar obligaciones y ordenar pagos sin crédito suficiente para realizarlos o con infracción de lo dispuesto en la presente Ley o en la del presupuesto que le sea aplicable.

d) Dar lugar a pagos indebidos al liquidar las obligaciones o al expedir documentos en el ejercicio de sus funciones.

e) No rendir las cuentas legalmente exigidas.

f) No justificar la aplicación de los fondos correspondientes a anticipos de caja fija y pagos a justificar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-05-29.

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