Artículo 290. Cuota tributaria.
Artículo 290 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.
Texto consolidado
La tasa se exigirá de acuerdo a las siguientes tarifas:
Tarifa 1. La cuota por la inspección de las reses de lidia será de 31,09 euros por cada animal.
Tarifa 2. La cuota por la inspección sanitaria procedente de carne de cerdos sacrificados en matanzas domiciliarias será de 7,78 euros por cada animal.