Artículo 29. Funciones de los directores y directoras de Departamento de las Direcciones Generales.
Artículo 29 de la Resolución de 5 de marzo de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior. · BOE-A-2025-4823
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-12.
Texto consolidado
Los directores y directoras de Departamento de las Direcciones Generales tendrán las siguientes atribuciones:
a) Coordinar y supervisar las actividades que tienen atribuidas por este Reglamento de Régimen Interior.
b) Dirigir y organizar las unidades y servicios integrados en el Departamento correspondiente.
c) Formalizar y suscribir los documentos, informes y propuestas que correspondan al Departamento.
d) Analizar y seguir la evolución de los asuntos propios de su competencia.
e) Ejercer aquellas otras funciones que le atribuya este Reglamento de Régimen Interior.