El Vínculo El Vínculo.
Resolución Vigente

Artículo 28. Funciones de los directores y directoras generales.

Artículo 28 de la Resolución de 5 de marzo de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior. · BOE-A-2025-4823

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-12.

Texto consolidado

1. Los directores y directoras generales tendrán las siguientes atribuciones:

a) Coordinar y supervisar las actividades que tienen atribuidas por este Reglamento de Régimen Interior.

b) Dirigir y organizar los Departamentos y servicios integrados en la Dirección General.

c) Proponer a la persona titular de la presidencia, para su elevación al Consejo o al Comité Ejecutivo, los asuntos cuyo conocimiento o resolución corresponda a estos órganos colegiados.

d) Presentar a la persona titular de la presidencia y a la persona titular de la vicepresidencia los asuntos cuya resolución les correspondan.

e) Formar parte del Comité de Dirección, en su caso.

f) Iniciar e impulsar, en el ámbito de sus competencias, los procedimientos para la elaboración y aprobación de Circulares y Guías Técnicas.

g) Formalizar y suscribir los documentos, informes y propuestas que correspondan a la Dirección General.

h) Realizar, en el ámbito de sus competencias, los requerimientos o solicitudes de informe que se deban dirigir a las entidades y personas físicas sujetas al régimen de supervisión previsto en el capítulo I del título IX del texto refundido de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, salvo que los realice la persona titular de la presidencia o la persona titular de la vicepresidencia.

i) Analizar y seguir la evolución de los asuntos propios de su competencia.

j) Ejercer aquellas otras funciones que le atribuya este Reglamento de Régimen Interior.

2. Los directores y directoras de Departamento adscritos a órganos rectores tendrán, en sus ámbitos de competencia, las facultades atribuidas a los directores y directoras generales en el apartado 1 anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-12.

Más artículos de BOE-A-2025-4823

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2025-4823 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.