Artículo 29. Comunicaciones.
Artículo 29 del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola. · BOE-A-2017-9016
Atención: Real Decreto 772/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las comunidades autónomas deberán remitir al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente la información recogida en los anexos necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de comunicación a la Comisión Europea previstas en la normativa comunitaria.