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Real Decreto Vigente

Artículo 29. Aplicación.

Artículo 29 del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos. · BOE-A-2008-16090

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-10-08.

Texto consolidado

La presente sección se aplicará en caso de que se confirme, en animales de la acuicultura, la presencia de una enfermedad exótica enumerada en el anexo IV.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-10-08.

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