Artículo 29. Del reconocimiento a las víctimas y a la memoria histórica y democrática.
Artículo 29 de la Ley 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. · BOE-A-2022-1276
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-25.
Texto consolidado
Las administraciones autonómica y municipal de Cantabria velarán por el reconocimiento y respeto que merecen las víctimas y, en su caso, sus familiares frente a actos, expresiones, conductas u homenajes que entrañen descrédito, menosprecio o humillación por exaltación del golpe militar o del franquismo.