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Ley Vigente

Artículo 29. Medidas de fomento en los centros educativos.

Artículo 29 de la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-1654

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-26.

Texto consolidado

La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el ámbito de sus competencias y en el marco de los cauces de participación establecidos para la comunidad educativa en su normativa de aplicación, con el fin de promover la cultura participativa entre la ciudadanía, fomentará y difundirá la educación para la participación a través de las siguientes medidas:

a) Fomento de investigaciones y experiencias innovadoras sobre la enseñanza de la participación ciudadana.

b) Difusión de experiencias y metodologías de participación destinadas a la infancia, adolescencia y juventud, que promuevan la educación en valores democráticos y la participación del alumnado y de la comunidad educativa en los órganos sectoriales correspondientes.

c) Promoción de encuentros y creación de redes que impulsen la educación en la participación.

d) Formación del profesorado para la práctica y enseñanza en metodologías participativas.

e) Elaboración de materiales educativos, acciones y programas que promuevan la educación en valores y la cultura participativa, difundiendo la educación en participación ciudadana.

f) Impulso, en colaboración con la Universidad, de la oferta formativa de postgrado en materia específica de participación ciudadana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-26.

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