Artículo 28. Programas de formación para cargos públicos y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Artículo 28 de la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-1654
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-26.
Texto consolidado
1. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos pondrán en marcha, a través de la Escuela de Administración Regional, cursos, jornadas y seminarios para formar a sus cargos públicos y al personal a su servicio en técnicas y gestión de procedimientos de participación, dando a conocer las obligaciones de los poderes públicos respecto a la participación ciudadana y proporcionando cualificación en los instrumentos y procedimientos de participación regulados en esta ley.
2. La Escuela de Administración Regional podrá incluir como destinatarios de sus programas formativos a cargos públicos o personal al servicio de las administraciones locales de Castilla-La Mancha, utilizando las correspondientes fórmulas de colaboración.