El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 29. Titularidad y protección.

Artículo 29 de la Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-18151

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-31.

Texto consolidado

1. De conformidad con lo dispuesto en la normativa de aplicación en materia de indicaciones geográficas:

a) El régimen de protección de las indicaciones geográficas implica el derecho a utilizar su nombre y otras menciones protegidas, así como la prohibición de utilizar toda indicación falsa o falaz en otros productos comparables no amparados.

b) La protección del producto amparado se extiende a todas las fases de producción y comercialización, así como a la presentación y el etiquetado, a la publicidad y a cualquier otro documento comercial que haga mención al nombre de la indicación geográfica.

c) Las denominaciones de las indicaciones geográficas sólo pueden ser utilizadas por los operadores que produzcan o comercialicen vino u otros productos vitivinícolas de acuerdo con el pliego de condiciones del producto amparado.

d) Las marcas, nombres comerciales y razones sociales que hagan referencia a nombres protegidos por las indicaciones geográficas pueden utilizarse únicamente en vinos u otros productos vitivinícolas que tengan derecho a la denominación de que se trate, sin perjuicio de lo establecido con relación a los homónimos y marcas registradas.

e) Los operadores agrarios y alimentarios deberán introducir en las etiquetas y presentación de los productos acogidos a una indicación geográfica elementos suficientes para diferenciar de manera sencilla y clara su designación o tipo de protección y su origen geográfico o procedencia, y para evitar, en todo caso, la confusión en los consumidores.

2. Los nombres protegidos por estar asociados a una indicación geográfica son bienes de dominio público que no pueden ser objeto de apropiación individual, venta, enajenación o gravamen.

No podrá negarse el uso de los nombres protegidos a cualquier persona física o jurídica que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para esa indicación geográfica salvo por sanción u otra causa legalmente establecida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-31.

Más artículos de Ley 6/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.