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Ley Vigente

Artículo 29. Autorización de pago de deudas.

Artículo 29 de la Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria. · BOE-A-2001-23922

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-29.

Texto consolidado

1. Podrá autorizarse el pago de deudas con la Administración de la Comunidad Autónoma, que no tengan carácter tributario, mediante la entrega de bienes culturales susceptibles de ser incorporados en los museos o colecciones de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. El procedimiento para la autorización y formalización administrativa de estos pagos se establecerá reglamentariamente y se requerirá, en todo caso, informe favorable de los servicios de Intervención de la Administración autonómica e informe de la Comisión de Museos de Cantabria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-11-29.

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