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Ley Vigente

Artículo 29. Autorización distribución de excedentes y presupuesto de Fondo de Educación y Promoción.

Artículo 29 de la Ley 5/2001, de 10 de mayo, de Crédito Cooperativo. · BOE-A-2001-13275

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-08.

Texto consolidado

Corresponde a la Junta de Extremadura la autorización de los acuerdos adoptados por la Asamblea general de las Cooperativas de Créditos relativos a la distribución del excedente obtenido y el Presupuesto anual para el fondo de Educación y Promoción, incluido, en su caso, el de las Fundaciones, si las hubiese, a los efectos de su adecuación a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-08.

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