Artículo 29. Creación, modificación y supresión de cuerpos, escalas y agrupaciones profesionales funcionariales de la Administración de la Generalitat.
Artículo 29 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. · BOE-A-2021-8880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-20.
Texto consolidado
Los cuerpos y escalas del personal funcionario, así como las agrupaciones profesionales funcionariales, de la Administración de la Generalitat, se crean, modifican y suprimen por ley de las Corts Valencianes, que determinará los siguientes extremos:
a) Denominación.
b) Escalas incluidas, si procede.
c) Grupo o subgrupo de clasificación profesional.
d) Titulación o titulaciones exigidas para el acceso al cuerpo o escala.
e) En su caso, otros requisitos de acceso.