Artículo 29. Constitución de garantías.
Artículo 29 de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.
Texto consolidado
Por orden del consejero competente en materia de ordenación farmacéutica, podrá establecerse la necesidad de constitución de garantías para asegurar la continuidad en el procedimiento de instalación de farmacias.