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Ley Vigente

Artículo 29.

Artículo 29 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco. · BOE-A-2012-2858

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-07-04.

Texto consolidado

La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco estará presidida por el Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente y formarán parte representantes de todas las Administraciones Públicas en la forma que reglamentariamente se establezca. La Secretaria Administrativa de esta Comisión estará adscrita a la Dirección competente, por razón de la materia, del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-07-04.

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