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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 29. Naturaleza y régimen jurídico.

Artículo 29 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1990-410

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-27.

Texto consolidado

1. El Instituto de Estadística de Andalucía, en lo sucesivo el Instituto, es un organismo autónomo de carácter administrativo con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como con autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines. La adscripción del Instituto se determinará mediante Decreto.

2. El Instituto se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y en sus disposiciones de desarrollo. Asimismo, estará sujeto a la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y a la demás normativa de general aplicación a las entidades de Derecho público de idéntica naturaleza dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-27.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-10141.

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