Artículo 29. Incremento del patrimonio forestal público.
Artículo 29 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León. · BOE-A-2009-7698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-16.
Texto consolidado
La Comunidad de Castilla y León y las entidades locales procurarán el incremento del patrimonio forestal público mediante la adquisición de aquellos terrenos o derechos sobre los mismos que puedan contribuir al cumplimiento de los fines previstos en la presente Ley.