Artículo 29. Deber de conservación.
Artículo 29 de la Ley 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria. · BOE-A-2002-14840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-29.
Texto consolidado
1. Las personas o entidades titulares de archivos o de documentos que formen parte del Patrimonio Documental de Cantabria están obligados a conservarlos debidamente organizados a disposición de la sociedad según lo dispuesto en cada caso.
2. El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería competente en materia de archivos, está obligado a conservar y defender el Patrimonio Documental de Cantabria y a velar porque los titulares o poseedores de los documentos que lo constituyen cumplan las obligaciones establecidas en la Ley.