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Ley Derogada

Artículo 29. Responsables de las infracciones.

Artículo 29 de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del juego y las apuestas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2013-10413

Atención: Ley 2/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Son responsables solidarios de las infracciones tipificadas en esta ley sus autores, por acción u omisión, sean estos las personas físicas o jurídicas que las cometan, les den soporte, cooperen o amparen necesariamente su comisión, publiciten, promocionen u obtengan beneficio de las mismas.

Cuando la infracción se cometa por persona jurídica, la responsabilidad solidaria podrá extenderse a los administradores de hecho o de derecho de aquella que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el párrafo anterior.

2. de las infracciones cometidas por los directivos, administradores o empleados en establecimientos de juego y apuestas o en locales donde haya máquinas, responderán solidariamente las personas o entidades para quienes aquellos presten sus servicios.

3. de las infracciones tipificadas en esta ley, que se produzcan en los establecimientos en los que se practiquen los juegos y apuestas responderán las empresas de juegos y apuestas y los titulares de dichos establecimientos.

4. de las cesiones o transmisiones indebidas responderán solidariamente cedente, transmitente y cesionario o beneficiario de la transmisión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-11-09.

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