Artículo 29. Sanciones por la comisión de infracciones graves.
Artículo 29 de la Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia. · BOE-A-2012-2265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-31.
Texto consolidado
Las infracciones graves pueden ser sancionadas alternativa o acumulativamente con:
a) Multa de 601 a 15.000 euros y acumulativamente hasta 30.000 euros.
b) La suspensión de hasta seis meses de la habilitación del personal de control de acceso.
c) La suspensión por un período de hasta seis meses de la habilitación de las entidades colaboradoras en la formación de controladores de acceso.
d) La suspensión de la autorización o licencia por un período máximo de seis meses.