El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 29.

Artículo 29 de la Ley 2/1994, de 28 de abril, de asistencia social geriátrica. · BOE-A-1994-13809

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-05-20.

Texto consolidado

Son deberes de los usuarios:

a) El abono del importe establecido por la prestación recibida.

b) El conocimiento y cumplimiento de las normas que rijan el establecimiento.

c) Respetar el buen uso de las instalaciones del centro y colaborar en su mantenimiento.

d) Poner en conocimiento de los órganos de representación o de la dirección del establecimiento las anomalías o irregularidades que observen en el mismo.

e) Guardar las normas básicas de higiene y aseo, tanto personales como en las dependencias del establecimiento.

f) Acatar y cumplir las instrucciones del director y personal del establecimiento.

g) Cualquier otro que se contemple en el reglamento de régimen interior del centro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-05-20.

Más artículos de Ley 2/1994

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.