Artículo 29. Publicidad de las normas federativas.
Artículo 29 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657
Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los estatutos de las federaciones vascas, así como sus modificaciones, se publicarán, una vez aprobados administrativamente, en el Boletín Oficial del País Vasco.
2. Los estatutos de las federaciones territoriales, así como sus modificaciones, se publicarán, una vez aprobados administrativamente, en el Boletín Oficial del correspondiente territorio histórico.
3. Los reglamentos de las federaciones territoriales y de las federaciones vascas, así como sus modificaciones, una vez aprobados administrativamente, se inscribirán en el Registro de Entidades Deportivas.