Artículo 29. Medidas de las que pueden ser destinatarias las fundaciones.
Artículo 29 de la Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo. · BOE-A-2024-446
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-18.
Texto consolidado
Las fundaciones a que se refiere el artículo 27, si cumplen los requisitos establecidos por el artículo 28, pueden ser destinatarias de las medidas de fomento establecidas por las secciones primera a cuarta del capítulo II.
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- Ver la norma completa: Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo.