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Ley Vigente

Artículo 29. Terrazas.

Artículo 29 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-2016-729

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-08.

Texto consolidado

Las terrazas o instalaciones al aire libre o en la vía pública anexas a un establecimiento principal deberán obtener el correspondiente título habilitante expedido por el municipio conforme a la normativa local establecida al efecto, que puede limitar el horario de uso de estas instalaciones y, en todo caso, la práctica de cualquier actividad que suponga molestias para el vecindario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-08.

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