Artículo 29. Composición del Pleno.
Artículo 29 de la Ley 10/2001, de 11 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía. · BOE-A-2001-22626
Atención: Ley 10/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Pleno, órgano supremo de gobierno y representación del Consejo Andaluz de Cámaras, estará compuesto por los siguientes miembros:
a) Vocales natos: Los Presidentes de todas las Cámaras de Comercio, Industria y, en su caso, Navegación de Andalucía.
b) Vocales colaboradores: Cuatro Vocales elegidos por los anteriores entre personas de acreditada competencia en los temas que incumben al Consejo Andaluz de Cámaras y reconocido prestigio en la vida económica.
2. Los Vocales colaboradores serán nombrados para igual período de mandato que los órganos de las Cámaras de Andalucía salvo los supuestos de cese anticipado previstos en esta Ley.
3. Asistirá también a las sesiones del Pleno, con voz pero sin voto, el Secretario general. Asimismo, el Reglamento de Régimen Interior podrá prever, en su caso, la asistencia, con voz y sin voto, del Gerente y el Contador.