El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 29.

Artículo 29 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra». · BOE-A-1994-18777

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-10.

Texto consolidado

1. La Escuela de Policía de Cataluña elaborará un plan de carrera profesional que prevea, de acuerdo con la legislación vigente, la equiparación de las titulaciones exigidas para el acceso a las distintas categorías que establece la presente Ley. El plan de carrera profesional será aprobado por el Gobierno, a propuesta de la persona titular del Departamento de Gobernación.

2. Asimismo, la Escuela de Policía de Cataluña organizará los cursos de perfeccionamiento, especialización, promoción y adecuación de los miembros del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra», de acuerdo con las necesidades que requiera el despliegue del Cuerpo. En su caso, para conseguir adecuadamente tales objetivos, la Escuela puede suscribir acuerdos o convenios con instituciones análogas o de otra naturaleza.

3. La Escuela de Policía de Cataluña procurará la convalidación académica, por la administración competente, de los estudios que se cursen en sus centros y convalidará, a su vez, aquellas materias que hayan sido previamente superadas en otros centros educativos oficiales, en la forma que se determine reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-07-10.

Más artículos de Ley 10/1994

En El Vínculo puedes leer Ley 10/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.