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Ley Vigente

Artículo 29.

Artículo 29 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias. · BOE-A-1991-7960

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-27.

Texto consolidado

La Consejería de Hacienda, Economía y Planificación dispondrá la identificación de los bienes, la depuración de su situación jurídica y su tasación pericial, para su posterior inclusión en el Inventario General de Bienes y Derechos del Principado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-03-27.

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