Artículo 29. Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado en Aragón.
Artículo 29 del Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. · BOA-d-2020-90247
Atención: Decreto-ley 4/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Durante la vigencia de este Decreto-Ley, serán de aplicación a las asociaciones, sociedades civiles y mercantiles, sociedades cooperativas y fundaciones existentes en Aragón, la totalidad de las medidas extraordinarias contempladas en el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en los términos y condiciones establecidos en dicho precepto.
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