Artículo 29. Del Fiscal General del Estado.
Artículo 29 del Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes. · BOE-A-2005-20840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-20.
Texto consolidado
Una vez prestado juramento o promesa en la forma prevista en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, el Fiscal General del Estado tomará posesión del cargo ante el Pleno del Tribunal Supremo, bajo la Presidencia del Presidente del Tribunal Supremo y la Sala de Gobierno.
El Presidente del Tribunal Supremo le invitará a tomar asiento en estrados, en un lugar destacado que evidencie su posición al frente del Ministerio Fiscal.
El resto de los miembros del Ministerio Fiscal tomarán asiento en estrados.
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- Ver la norma completa: Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes.