Artículo 29.4-7 Especialidades.
Artículo 29.4-7 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.
Texto consolidado
1. En relación con el punto 2 del cuadro del artículo 29.4-5, se autoriza a la conselleria competente en materia de sanidad para proponer o aceptar acuerdos o convenios que pueda suscribir la Escuela Valenciana de Estudios de Salud con otras administraciones públicas, entidades de derecho público, organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro, en cuyo caso se estará a lo que el acuerdo o convenio señale, sin que el coste del curso pueda superar el importe calculado de conformidad con el artículo 29.4-5.
2. Podrá devolverse el importe de la tasas del punto 2 del cuadro del artículo 29.4-5, a instancia del contribuyentes, cuando se produzca la renuncia a la plaza, únicamente si esta última se lleva a cabo durante el período de matriculación del curso correspondiente.