El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 282. Elecciones de los órganos colegiados.

Artículo 282 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Texto consolidado

1. La elección de las personas representantes de los distintos sectores de la comunidad universitaria en el Claustro Universitario, consejos de facultad o escuela y consejos de departamento se realizará mediante sufragio universal, libre, igual y secreto, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres. Los mismos criterios se aplicarán en la elección de los claustros de los centros asociados de la UNED.

2. La elección de los representantes en el Consejo de Gobierno de la Universidad se realizará en el seno del Claustro Universitario o del órgano de representación pertinente. En caso de no contar con un órgano de representación, la Secretaría General organizará la elección correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Más artículos de Real Decreto 181/2026

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 181/2026 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.