Artículo 28. Efectividad de débitos de naturaleza pública.
Artículo 28 del Real Decreto 160/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Enaire, y se modifica el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero. · BOE-A-2023-6084
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-09.
Texto consolidado
1. La efectividad de los débitos con naturaleza de ingresos de derecho público de Enaire, E.P.E., se realizará por los órganos de recaudación del Ministerio de Hacienda y Función Pública a través del procedimiento administrativo de apremio.
2. A los efectos del apartado anterior se considerarán ingresos de derecho público los derivados de las tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea y la tarifa de aproximación.
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