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Real Decreto Vigente

Artículo 28. El Decano territorial.

Artículo 28 del Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. · BOE-A-2012-13732

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-07.

Texto consolidado

1. El Decano territorial será el máximo representante de la Delegación territorial correspondiente y ejercerá, en nombre de la Junta de Gobierno territorial la representación de la misma en todas sus relaciones con los poderes públicos, entidades, corporaciones y personas jurídicas o físicas de cualquier orden.

2. Presidirá la Junta General y de Gobierno territoriales.

3. Será elegido para un período de cuatro años por la Junta General territorial de acuerdo con lo establecido en los estatutos territoriales correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-11-07.

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