El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 28. Medidas de carácter fiscal.

Artículo 28 de la Ley Foral 9/2010, de 28 de abril, de ayuda a las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2010-8617

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-11.

Texto consolidado

El Gobierno de Navarra, dentro del marco de sus competencias en materia fiscal, promoverá el establecimiento de cuantos beneficios fiscales estime convenientes a favor de quienes tengan la condición de víctimas del terrorismo y, en caso de fallecimiento de ésta por causa del atentado, a favor del cónyuge o persona con relación de afectividad análoga a la conyugal así como de los hijos, siempre que en el momento del fallecimiento convivieran de forma estable con la víctima y dependieran económicamente de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-11.

Más artículos de Ley Foral 9/2010

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 9/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.