El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 28. Concepto y clases.

Artículo 28 de la Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo. · BOE-A-2003-5702

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-02-22.

Texto consolidado

1. Son actividades turísticas complementarias las que proporcionan mediante precio, de forma profesional y habitual, servicios para el esparcimiento y recreo de sus clientes, de carácter cultural, recreativo, deportivo, de la naturaleza u otros análogos.

2. Reglamentariamente se determinarán las condiciones que deberán cumplir estas empresas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-02-22.

Más artículos de Ley Foral 7/2003

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 7/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.