Artículo 28. Procedimiento.
Artículo 28 de la Ley Foral 6/2003, de 14 de febrero, de prevención del consumo de tabaco, de protección del aire respirable y de la promoción de la salud en relación al tabaco. · BOE-A-2003-5701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-13.
Texto consolidado
Las infracciones en materia de prevención, promoción y protección de la salud en relación al tabaco, serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, previa instrucción del oportuno expediente sancionador.