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Ley Foral Derogada

Artículo 28. Instrumentos de ordenación territorial.

Artículo 28 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. · BOE-A-2003-919

Atención: Ley Foral 35/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los instrumentos de ordenación territorial de la Comunidad Foral de Navarra son:

a) La Estrategia Territorial de Navarra.

b) Los Planes de Ordenación Territorial.

c) Los Planes Directores de Acción Territorial.

d) Los Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal.

2. Además, tendrán la consideración de instrumentos de ordenación territorial los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio, tales como los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, el Plan Director de Carreteras de Navarra, y otros similares así declarados expresamente, que se regirán por su legislación específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

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