El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Derogada

Artículo 28. Supletoriedad.

Artículo 28 de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio. · BOE-A-1996-22233

Atención: Ley Foral 10/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En todo lo no regulado expresamente en esta Sección serán de aplicación, en su caso, las disposiciones del Impuesto sobre Sociedades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-07-18.

Más artículos de Ley Foral 10/1996

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 10/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.