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Ley Vigente

Artículo 28. Tarifa en los usos no domésticos.

Artículo 28 de la Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales. · BOE-A-2022-289

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

Se establece la siguiente tarifa del impuesto aplicable a los usos no domésticos:

1. Tarifa por estimación global de la contaminación

a) Componente fijo.

– Consumo inferior a 1000 m3 anuales.

4,923 € por sujeto pasivo y mes.

– Consumo igual o superior a 1000 m3 anuales.

18,567 € por sujeto pasivo y mes.

b) Componente variable.

0,648 € por metro cúbico.

2. Tarifa por carga contaminante

a) Componente fijo.

18,567 € por sujeto pasivo y mes.

b) Componente variable.

– Materias en suspensión (MES).

0,4914 € por kilogramo.

– Demanda química de oxígeno (DQO).

0,6836 € por kilogramo.

– Sales solubles (SOL).

5,5209 € por Siemens metro cúbico por centímetro.

– Materias inhibidoras (MI).

15,9411 € por kiloequitox.

– Metales pesados (MP).

6,7064 € por kilogramo de equimetal.

– Nitrógeno total (NT).

1,3409 € por kilogramo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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