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Ley Vigente

Artículo 28. Coordinación de ayudas públicas.

Artículo 28 de la Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia. · BOE-A-2013-8989

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.

Texto consolidado

La Administración regional coordinará sus ayudas económicas con las de otras Administraciones públicas, potenciando la puesta en funcionamiento de un tejido productivo regional económicamente viable, y generador de empleo, de acuerdo con las recomendaciones del Consejo del Emprendimiento de la Región de Murcia.

Se garantizará la adecuada financiación de la actividad emprendedora, con especial atención a las empresas de pequeña y mediana dimensión, bien sea ofreciendo información, orientación, análisis y asesoramiento sobre las formas de financiación, incentivando actuaciones de refinanciación y reestructuración de deuda que permitan disfrutar de una estabilidad financiera en el medio plazo a las actividades emprendedoras, facilitando el acceso a diferentes formas de financiación o procurando canalizar la financiación de inversoras e inversores privados a través de diferentes figuras a las que esta ley se refiere.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-11.

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