Artículo 28. Ayudas fiscales.
Artículo 28 de la Ley 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2009-9045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-06.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de sus competencias, podrá establecer un régimen fiscal que promueva las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo y las aportaciones para su financiación, por parte de entidades públicas y privadas, así como de particulares.