Artículo 27. Ayudas y subvenciones.
Artículo 27 de la Ley 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2009-9045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-06.
Texto consolidado
1. Las ayudas y subvenciones previstas en el artículo 10.2 de esta ley se otorgarán en régimen de concurrencia y con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, transparencia, objetividad, eficacia y eficiencia. En la concesión de las ayudas y subvenciones, en los casos que proceda, se valorará especialmente la responsabilidad social corporativa y las alianzas público-privadas.
2. Excepcionalmente, se concederán subvenciones de forma directa en los supuestos previstos en la legislación estatal básica en materia de subvenciones.
3. Reglamentariamente se establecerán las condiciones y régimen jurídico aplicables, que garantizarán el marco establecido en el artículo 10 de esta ley.