Artículo 28. Secciónes, locales y mesas electorales.
Artículo 28 de la Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos. · BOE-A-2019-5581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-08.
Texto consolidado
1. La corporación municipal es la responsable de relacionar el número y los límites de las secciones electorales, sus locales y las mesas correspondientes a cada una.
2. La relación prevista en el apartado anterior se hará pública de la misma manera y en los plazos previstos en el artículo 22 anterior.