El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 28. Plazo de conservación de las muestras.

Artículo 28 de la Ley 11/2007, de 26 de noviembre, Reguladora del Consejo Genético, de protección de los derechos de las personas que se sometan a análisis genéticos y de los bancos de ADN humano en Andalucía. · BOE-A-2008-2491

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-06.

Texto consolidado

Las muestras biológicas serán conservadas únicamente mientras lo exijan los fines de la investigación para los que han sido donadas, salvo que la persona de quien proceda la muestra haya prestado su consentimiento expreso para su uso en otra investigación biomédica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-06.

Más artículos de Ley 11/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.