Artículo 28. Acceso de las empresas vascas a la energía eléctrica renovable.
Artículo 28 de la Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático. · BOE-A-2024-4783
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-22.
Texto consolidado
La Administración pública vasca promoverá acuerdos de compra de energía eléctrica por parte de las empresas vascas en aquellos proyectos de generación eléctrica renovable de más de 5 MW en los cuales tenga participación.