Artículo 28. Importe y pago de las ayudas.
Artículo 28 del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-5250
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-12.
Texto consolidado
Se establece una ayuda de 1.254 euros mensuales durante un periodo de seis meses por cada contratación realizada.
El abono de la subvención por el importe total referido a los seis meses, se realizará de una sola vez mediante el pago del 100% de la subvención concedida, una vez dictada y notificada la resolución de concesión.
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